La Hermandad de San Antonio de Padua de Nerva celebra esta tarde, Festividad de San Antonio, a las 20:30 horas en la Parroquia de San Bartolomé su último día de triduo en honor al Santo, y abre mañana con el encendido del alumbrado a las 22:00 horas a un intenso fin de semana marcado por la procesión del sábado por la tarde-noche y la romería del domingo por la mañana, además de la música, como complemento de las fiestas, en una programación y recinto ferial preparados con esmero por los miembros de la Hermandad.
Con motivo de la Festividad de San Antonio, que se celebra este fin de semana, el Ayuntamiento de Nerva ha sacado un Bando Municipal en el que la Alcaldía informa que, “es evidente el incremento del número de personas que utilizan caballerías o vehículos de tracción animal en nuestra localidad, siendo necesario conciliar la convivencia entre peatones, jinetes y vehículos en general”.
Por ello, y para garantizar una mayor seguridad y fluidez del tráfico rodado, peatonal, caballerías y enganches, “queda totalmente prohibido el tránsito de todo tipo de caballerías, o de cualquier tipo de carruaje de tracción animal, por la zona centro de nuestra localidad (Paseo). También queda prohibido el tránsito de caballistas y todo tipo de carruajes por todo el casco urbano de nuestra localidad con posterioridad a las 00.00 horas, pudiendo retomarse dicha actividad a partir de las 09.00 horas del día siguiente”.
De forma excepcional, y exclusivamente durante los días establecidos para las fiestas en honor al santo, “los jinetes y demás vehículos de tracción animal podrán circular por el Recinto Ferial y sus inmediaciones, con posterioridad a las 00.00 horas.
Se recuerda a los caballistas que está prohibido amarrar sus monturas, o sus vehículos de tracción animal, al mobiliario urbano así como a los árboles ornamentales existentes en la localidad. La responsabilidad civil de los daños ocasionados será de los propios jinetes o de sus progenitores en caso de ser menores de edad”.
Además, “se recomienda a los jinetes que porten vestimenta adecuada y que deben mantener, en todo momento, la compostura y el tránsito normal con sus monturas quedando prohibido el galope, el trote o cualquier otra demostración de doma en el casco urbano y adoptarán, además, las precauciones necesarias para evitar daños a peatones, debiendo llevar siempre consigo la documentación que acredite, fehacientemente, los datos de su cabalgadura”.
La responsabilidad derivada del tránsito por carreteras o vías fuera del caso urbano será exclusivamente del caballista, debiendo cumplir todos los requisitos exigidos en las correspondientes normativas sectoriales.
También, queda prohibido que “los jinetes que circulen por el casco urbano montados en sus caballos, o en cualquier tipo de carruaje de tracción animal, lo hagan consumiendo bebidas alcohólicas”.
Las fuerzas de seguridad vigilarán el trato que reciben los animales, sancionando a quienes inflijan daños o cometan actos de crueldad y malos tratos a sus monturas, según lo dispuesto en el artículo 161 y siguientes de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano.
Asimismo, se señala que, “de conformidad con lo previsto en el artículo 162 de la citada Ordenanza, los animales cuyos dueños sean denunciados por causarles malos tratos o por tenerlos en lugares que no reúnan las condiciones impuestas por las normas sanitarias, podrán ser decomisados por las fuerzas de orden público, si su propietario o persona de quien dependa no adoptasen las medidas oportunas para cesar en tal situación”.
También se observará lo dispuesto en la Orden de 21 de mayo de 2009 (BOJA 102, de 29 de mayo), por la que “se establecen limitaciones de uso y actividades en terrenos forestales y zonas de influencia forestal y demás normas concordantes, tendentes a evitar que se produzcan incendios forestales”.
Las fuerzas y cuerpos de seguridad velarán por el cumplimiento de lo establecido en el presente Bando y, en caso de incumplimiento, procederán a incoar los preceptivos expedientes sancionadores.
Por úItimo, recordar que “la organización de la Romería es potestad de la Hermandad de San Antonio de Padua, debiendo acatar todos los jinetes y romeros, en todo momento, las directrices establecidas por la citada Hermandad para el mantenimiento del orden y el buen desarrollo de la comitiva romera”.